RSS Feed
Nov 25

El MSP y su último movimiento: el desacato a una sentencia que condena a suministrar un medicamento.

Posted on viernes, noviembre 25, 2016 in NOTICIAS, OPINION

Hace ya semanas comentábamos la Sentencia de la Suprema Corte que declaraba que el MSP no puede limitar el acceso a medicamentos necesarios para la protección de la salud y la vida de las personas con el argumento de no haber incluido esas prestaciones en el FTM y, mucho menos, por razones económicas.

En ese momento decíamos “Hay que leer la sentencia con detenimiento y que el entusiasmo no nos quite la capacidad de anticipación. Porque, siendo una victoria en concreto para el paciente y su defensa, es también una victoria para los que vienen si quienes los defienden no bajan la guardia y se mantienen alerta a la posible reacción ministerial.

Hoy, lamentablemente, las peores presunciones se convierten en una amenaza inminente para aquellos pacientes que requieren, por lo menos, uno de los medicamentos a los que es condenado a suministrar: CETUXIMAB.

Debemos confesar que tuvimos dudas respecto de si individualizar o no el medicamento y el laboratorio, para que esta nota sea utilizada con un fin distinto que el que tiene. No es nuestro trabajo intermediar para que una empresa privada reciba el pago de lo que se le debe: para ello existen los mecanismos judiciales correspondientes. Sin embargo, cuando la forma de relacionamiento entre el MSP y los privados amenazan la disponibilidad de un medicamento que ha sido indicado como necesario por decenas de médicos tratantes para decenas de pacientes, sentimos que tenemos la necesidad de exponer la situación.

Desde hace semanas existen problemas para cubrir el suministro del medicamento. La causa de estos problemas radicaría en que el Ministerio de Salud Pública ha dejado de pagar al laboratorio que importa el medicamento y éste, según ha contestado en oficio en uno de los expedientes judiciales, ha dejado de importarlo, careciendo en este momento de stock.

Cuando esto comenzó nos preguntábamos: ¿Qué podría significar, si el MSP no toma imagesmedidas inmediatas? La respuesta es evidente: que los pacientes que, de ahora en más, necesiten iniciar sus tratamientos, no lo van a poder hacer porque no habría medicamentos disponibles y que pacientes que ya se encuentran recibiéndolo, podrían ver interrumpido su tratamiento. Hace semanas, en honor a la prudencia y debido a que el MSP y el laboratorio se encontraban en negociaciones decidimos aguardar, conscientes de la alarma que se podría generar. Pero hoy, cuando la situación afecta directamente a un paciente que, en medio de su tratamiento oncológico, no solo no recibe su medicación a tiempo sino que tampoco recibe una respuesta adecuada, no podemos darnos el lujo de la discreción: Es necesario que se tome conocimiento y se actúe. 

Erra el MSP si piensa que elude su responsabilidad por el hecho de que el actor privado, en este caso, el laboratorio, haya dejado de importar el medicamento, máxime cuando el motivo que este aduce es la imposibilidad de hacerlo por falta de pago del propio MSP.

El MSP es el responsable del suministro del medicamento y no puede exonerar esa responsabilidad cuando el mismo ha sido el causante de la falta de disponibilidad. ¿Qué es lo que están pensando las autoridades cuando asumen esta conducta? ¿Están pensando o están especulando con la salud de personas que están en una de las situaciones de mayor vulnerabilidad posible?

Está claro que hay formas directas de desobedecer una sentencia y formas indirectas. Lo que está haciendo el MSP es desacatar la sentencia por un mecanismo oblicuo, ni más ni menos.

Ayer, Milton, un hombre de 60 años, paciente oncológico, patrocinado por el Consultorio Jurídico, no pudo comenzar su tercera semana de tratamiento porque el MSP no recibió la dosis en su institución médica. Así, simplemente, no la recibió: cuando fue a realizarse la sesión no había ni medicamento ni explicaciones. En el MSP no saben cuándo podrá disponer de el. Dicen que ellos entregaron la orden de compra y que es el laboratorio el que no entrega. ¿Tienen las autoridades del MSP algún consultante oncólogo a disposición para que les expliquen cuáles son las consecuencias de interrumpir un tratatamiento de este tipo? ¿Pueden vislumbrar los devastadores efectos de la incertidumbre sobre el cuerpo y el ánimo de los pacientes?

Incertidumbre si, porque el medicamento hoy no está. Y tal vez así será mañana y pasado mañana…hasta que autoridades y empresa privada arriben a un acuerdo. En el medio, siempre los mismos: personas como Milton. Porque pasan los años y la realidad en este tema no cambia: la variable de ajuste para estas autoridades siempre es el paciente.

El MSP ha decidido sustituir la conducta dispuesta por el Poder Judicial, utilizando herramientas ajenas al Proceso de Amparo y al derecho, ya que las herramientas que utilizó no surtieron efecto. Ha decido sustituir el derecho por el poder.

Desde hace mucho tiempo venimos denunciando una actitud en el MSP que, por la vía del decreto o de la ley, ha intentado limitar el acceso a los tratamientos médicos de alto costo.

Hoy, frente a la realidad de un Poder Judicial independiente que lo sigue condenando por la violación de derechos fundamentales de las personas, da un paso más audaz y grave: ya no intenta cambiar las decisiones de la justicia, ni intenta bloquear el acceso a los tribunales a los pacientes sino que usa una vía indirecta para desacatar el mandato judicial.

Los problemas comerciales entre el laboratorio importador y el Ministerio de Salud Pública no son, de ninguna manera, una causa extraña que impida el cumplimiento de la sentencia. Las autoridades sanitarias no pueden excusarse detrás de una situación que ellos mismos han contribuido a crear y para la que, luego de más de 6 años de discusión, no han buscado ninguna alternativa. Los pacientes y quienes trabajamos para ellos no tenemos ningún interés en defender la situación de los importadores de medicamentos o los laboratorios pero el MSP debe asegurar el suministro, sea solucionando sus problemas comerciales, re negociando condiciones o importando directamente el meidcamento si haciera falta. Lo que no puede permitirse es que un paciente suspenda su tratamiento o demore su inicio porque se ha sido negligente en el abordaje del problema.

Las autoridades deben poner fin a esta situación en forma inmediata, porque la única conducta jurídica y moralmente admisible del MSP es asegurar el suministro de la medicación necesaria a los pacientes, en tiempo, forma y sin la zozobra a la que hoy se somete a personas como Milton, que todavía no sabe cuando reaundará su tratmiento.

 Juan Ceretta –  Florencia Cornú
Ago 29

XII Jornadas Internacionales de Relaciones de Consumo

Posted on lunes, agosto 29, 2016 in NOTICIAS

Se realizarán en el Paraninfo de la Universidad de la República
Viernes 9 de Setiembre: De 9 a 13 y de 18 a 21 hs.
Sábado 10 de Setiembre: De 9:30 a 13 horas.
INSCRIPCIONES: SITIO WEB FACULTAD DE DERECHO
 
19:40. Módulo VI. Medicamentos de alto costo
Coordinador: Lucía Huertas
Dr. Juan Ceretta. La Ordenanza 882, un mecanismo de desprotección.  
Dra. Florencia Cornú. Protección judicial en el acceso a prestaciones no incluidas en los planes de salud.
Dr. Martín Lema. Medicamentos de alto costo. Una preocupación social.
Esc. Gustavo Di Genio. Medicamentos de alto costo.
PROGRAMA COMPLETO:
(más…)